Nadie está exento de sufrir una calamidad, pero diferenciar entre una grave a una simple calamidad doméstica tiene grandes efectos, pues una es remunerada y la otra no. Conozca las diferencias y su tratamiento.
Siempre que un empleado sufra de una calamidad doméstica, la empresa tiene la obligación de otorgarle una licencia para que el trabajador pueda apersonarse de la situación que lo afecta.Recordemos que respecto a las licencias por calamidad doméstica, estas están contempladas en el Código sustantivo del trabajo, artículo 57, numeral 6.












